Si hay alguna maldición cruel es sin duda la de conocer los males que van a acontecer y no poder hacer nada por evitarlo. Ese fue el destino de Casandra en la Guerra de Troya. Hoy el mito toma forma de debate entre el chiste y la libertad de expresión, entre el mal que se puede ocasionar en la red y tolerarlo.
“Unas veces el chiste es fin en sí
mismo y no sirve a un propósito particular, y otras veces se pone al
servicio de un propósito de esa clase; se vuelve tendencioso.
(...) Atribuimos a la cultura y a la educación elevada una gran
influencia sobre el despliegue de la represión, y suponemos que bajo
esas condiciones sobreviene en la organización psíquica una
alteración, que hasta puede ser congénita como una disposición
heredada, a consecuencia de la cual lo que antes se sentía agradable
aparece ahora desagradable y es desautorizado con todas las fuerzas
psíquicas. Por obra de este trabajo represivo de la cultura se
pierden posibilidades de goce primarias, pero desestimadas ahora en
nuestro interior por la censura. Pues bien, la psique del ser
humano tolera muy mal cualquier renuncia, y así hallamos que el
chiste tendencioso ofrece un medio para deshacer esta, para recuperar
lo perdido. Cuando reímos por un fino chiste obsceno, reímos de
lo mismo que provoca risa al campesino en una pulla grosera; en ambos
casos el placer proviene de la misma fuente. Pero nosotros no somos
capaces de reír por la pulla grosera; nos avergonzaríamos o ella
nos parecería asquerosa; solo podemos reír cuando el chiste nos ha
prestado su socorro. (…) En esto reside también el atractivo de
la caricatura y el chiste: le adjudicamos el mérito de revolverse
contra la autoridad.”
-Freud. El chiste y su relación con el
inconsciente-.
"En
relación con el conflicto que puede suscitar la comisión delictiva
con la libertad de expresión, la STS nº 623/16, 13-7-2016 , indica
que la libertad ideológica o de expresión no pueden ofrecer cobijo
a la exteriorización de expresiones que encierran un injustificable
desprecio hacia las víctimas del terrorismo, hasta conllevar su
humillación. No se trata de generalizar el chiste de mal gusto, sino
que una de las facetas de la humillación consiste en la burla, no
recreada con chistes macabros con un sujeto pasivo indeterminado,
sino bien concreto y referido a una persona a quien se identifica con
su nombre y apellidos. En el caso de la humillación y menosprecio a
las víctimas del terrorismo, el desvalor de la acción que menciona
el artículo 578 del Código
Penal no quedaría
totalmente protegido mediante la sola figura de las injurias, siendo
así que su contexto -que además justifica un mayor reproche penal-
lleva a ubicar esta intromisión, entre los delitos de terrorismo. Se
trata, pues, de comprobar si las expresiones que se difunden pueden
ser constitutivas de una ofensa, o una burla, en suma, de una
humillación, a quien ha sufrido el zarpazo del terrorismo. Llevada a
cabo una comprobación en sentido afirmativo, corresponde aplicar la
respuesta penal que ofrece el Código Penal en represión de una
acción típicamente antijurídica y culpable, esto es, de un delito.
Sigue indicando la sentencia últimamente referenciada que la
humillación o desprecio a las víctimas afecta directamente a su
honor y, en definitiva, a su dignidad (valores que tienen reconocida
relevancia en la Constitución: artículos 18.1 y 10.1), perpetuando
su victimización, que es actualizada o renovada a través de esa
conducta. En consecuencia,
el ejercicio de la libertad ideológica o de la libertad de
expresión, no obstante su reconocimiento como derechos fundamentales
( Artículo 20.1 a- de la Constitución), no pueden servir de
cobertura a la impune realización de actos o exteriorización de
expresiones que contengan un manifiesto desprecio hacia las víctimas
del terrorismo, en tal grado que conlleve su humillación."
-Vid.
Sentencia 9/17 Audiencia Nacional Sección 4ª de 29/3/2017-.
Según
la ONU, la libertad de expresión es un derecho humano y se encuentra
recogido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos: “Todo
individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión;
este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones,
el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de
expresión”.
Ahora
bien, el chiste tendencioso, la injuria, la propaganda en favor de la
guerra, la apología del odio, racismo, intolerancia, discriminación,
violencia... no pueden ampararse en la libertad de expresión. No
puede haber barra libre. Como
afirmaba Kant, “lo cómico es una expectativa pulverizada” cuando
no sirve a ningún propósito particular. Jean Paul Richter afirmaba
que “el chiste es el sacerdote disfrazado que casa a cualquier
pareja”, a lo que añadió Theodor Vischer que “casa de
preferencia a aquellas parejas cuya unión los parientes no
consentirían”. Pero ya sabemos que en casamientos,
siempre hay un roto para un descosido.
Si la psique
tiende a beber esa
copa de más en la barra libre
para eludir prohibiciones y revolverse contra la autoridad y la
sociedad, lo que se elucida es si el chiste tendencioso
puede
tener amparo en la libertad de expresión y la ética. Lo que nos
lleva a si es posible su fundamentación más allá del conflicto
legal resuelto por la jurisprudencia al menos en relación con el
artículo 578 del Código Penal: “El
enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos
comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan
participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen
descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los
delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de
prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses.”
En
mi opinión el debate no debería estar en si se deroga el artículo
578 del Código Penal y la Ley
Mordaza, sino si pueden ampararse determinadas expresiones que no
son opiniones políticas, ni de cátedra, ni de pensamiento, sino
humillaciones, injurias, insultos y todo tipo de apologías bajo el
paraguas de la libertad de expresión. Porque más allá de cualquier
consideración y posicionamiento, hay una hipócrita
unanimidad
en favor de que determinados colectivos no pueden ser objeto de burla
alguna, y en cambio otros sí que pueden serlo.
Estamos
siempre en España con las
vísceras,
que si volvemos al franquismo, que si son disposiciones
antidemocráticas, que si la sentencia aludida es un retroceso en
libertades públicas, etc. Lo esencial es que humillar, nos lleva a
negar la lucha del ser humano por el reconocimiento. Sin esa lucha a
muerte por el reconocimiento como concepto hegeliano, hecha por puro
prestigio, no conoceríamos la sociedad tal y como la conocemos. El
hombre vive en sociedad y para que la Autoconciencia del sentimiento
del sí pueda
nacer, es indispensable que haya una concurrencia de Deseos
-animales- que se reconozcan mutuamente. En otras palabras,
desprestigiando
a determinados colectivos objeto de burla y a Instituciones, que en
lenguaje freudiano es la fórmula para revolverse de
rositas
contra la autoridad, eliminamos todo rastro de individualidad y nos convertimos en puro rebaño pastoreados por la dictadura de lo políticamente
correcto que impone qué colectivos pueden ser objetos de burla y
cuáles no.
Las
sentencias no son justas o injustas, ese nada
me parece justo siendo contra mi gusto de
Góngora, son la aplicación de la Ley. No me posiciono en favor o en
contra de derogar las leyes aludidas, doctores
tiene el Derecho y políticos el Parlamento,
pero sí que tengo claro que sin el reconocimiento de todos
los colectivos, sean víctimas del terrorismo, negros, homosexuales,
judíos....volvemos a la cueva y al rebaño lanar. Los nazis
empezaron ridiculizando a los judíos
y los blancos a los negros. Se ha derramado mucha sangre para dar
pasos en favor de una sociedad más justa. No banalicemos el mal y
recordemos la máxima de Hegel en el supuesto de que consideremos
que la libertad de expresión es un derecho que no puede censurar
al humor: "Las verdaderas tragedias no resultan del enfrentamiento entre un derecho y una injusticia; surgen del choque entre dos derechos".
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